No nos referimos al software libre y gratuito que afortunadamente podemos encontrar en la red, si no a programas que su licencia tiene un costo, sin embargo a estos les hacen ajustes para poder ser utilizados sin licencia y evitar el pago.
El uso de estos programas de forma no autorizada está prohibido no solo por la LFDA, sino, por el Código Penal Federal (CPF), generando responsabilidad administrativa, penal y civil.
Responsabilidad administrativa
El dispositivo 231 de la LFDA, señala como infracciones:
Importar, vender, arrendar o realizar cualquier acto que permita tener un dispositivo o sistema cuya finalidad sea desactivar los dispositivos electrónicos de protección de un programa de computación, y
Usar, reproducir o explotar una reserva de derechos protegida o un programa de cómputo sin el consentimiento del titular
Estas infracciones son sancionadas, a través de un procedimiento de declaración administrativa por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con multas que van de 403,000 pesos y hasta 806,000 pesos, en términos de los preceptos 187 de la Ley de la Propiedad Industrial y 231, fraccs. V y VII; y 234 LFDA.
Responsabilidad penal
Por su parte, el CPF en sus dispositivos 424 y 424 Bis, tipifica como delitos las siguientes conductas:
Producir más números de ejemplares de una obra protegida por la LFDA, que los autorizados por el titular de los derechos
Usar en forma dolosa, con fin de lucro y sin la autorización correspondiente obras protegidas por la LFDA, y
Fabricar con fin de lucro un dispositivo o sistema cuya finalidad sea desactivar los dispositivos electrónicos de protección de un programa de computación
Las penas por cometer estos ilícitos son de seis meses a 10 años de prisión.
Responsabilidad civil
De acuerdo con el artículo 213 de la LFDA, la vulneración a los derechos de autor da lugar al resarcimiento de los daños y perjuicios a través de las acciones civiles que se ejerciten ante tribunales federales, siguiendo las formalidades previstas en el Código Federal de Procedimientos Civiles.
Actualmente en la agenda del gobierno federal se implementó un programa de revisión a dependencias sobre el uso de software pirata, dicha lucha en contra de la piratería en México forma de un programa prioritario y permanente.
En este contexto, la industria del software participa con un trabajo de coordinación estrecho con las autoridades especializadas y del que se desprenden acciones permanentes en contra de la venta, el uso y la reproducción ilegal de programas de cómputo.
Este ejercicio incluye medidas para que las empresas utilicen software legal, por lo que es muy importante considerar como un área de observación contable y fiscal, la situación del uso de software en las entidades de negocios, por lo que se debe tener cuidado con el uso de este tipo de programas y evitarlos para no caer en alguna infracción antes mencionada.
fuentes:.elsoldeparral.com.mx
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