
Alertó además que esta medida está pensada para evitar que, por ejemplo, publicidad destinada a los adultos sea recibida por niños, sin consentimiento de los padres, lo cual de alguna manera puede representar algunos riesgos.
Afirmó que esta sanción, estudiada conjuntamente con Osiptel e Indecopi, permitirá un ciudadano que reciba este tipo de correspondencia pueda defenderse de estos ataques.
“Todo aquello que contenga un mensaje publicitario que no sea emitido por una organización sin fines de lucro, será considerado como mensaje publicitario, y requerirá el consentimiento expreso de los ciudadanos para que sea recibido en su cuenta de correo”, explicó.
Asimismo sostuvo que basta con la sola devolución del correo para que el ciudadano exprese su voluntad de no recibir este tipo de correos. De reincidir en el envío del correo, el ciudadano pude denunciar al emisor plenamente identificado en el anuncio publicitario.
Fuente: RPP Perú